INFORMACIÓN LABORAL IMPORTANTE.

Estimados clientes:

Le recordamos la obligatoriedad que existe de cumplir la normativa en cuanto a registro horario, Prevención de Riesgos Laborales, seguros y la protección de datos:

  • Seguro de Responsabilidad Civil
  • Seguro a los trabajadores marcado por el convenio colectivo
  • Seguro a los vehículos propiedad de la empresa
  • Ley Orgánica Protección de Datos (obligatoria para todas las empresas desde el 25/05/2018)
  • Prevención de Riesgos Laborales.
  • Cumplimentar, firmar y guardar durante 4 años el registro horario.

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El seguro de responsabilidad civil es el seguro que responderá de los daños civiles que provoquemos con nuestra empresa en el desarrollo de la actividad mercantil o profesional. En determinados casos no es obligatorio, pero en todo caso, es  recomendable. Porque si en el desarrollo de su actividad comete algún tipo de negligencia o daño de importancia, el coste económico de la reparación de ese daño lo debe soportar directamente la empresa.

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El seguro a los trabajadores es un seguro fijado por los distintos convenios colectivos. Estas pólizas de seguro suelen cubrir una indemnización por accidente, incapacidad permanente y muerte.La cuantía indemnizatoria que cubren viene fijada por los propios convenios colectivos y el coste de la prima estará directamente vinculado con la indemnización económica a los trabajadores, el número de empleados que tengamos y la rama de actividad que desempeñe la empresa.

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De todo ello le podemos solicitar un presupuesto a las empresas que gestione cada uno de los temas y la pondremos en contacto con ellos.

Reciban un cordial saludo.

EL EQUIPO DE ASESORÍA LLERENA.

 

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