¿QUÉ ES EL MODELO 347?
El modelo 347 (Declaración Anual de operaciones con terceros), de la Agencia Tributaria es un documento de declaración informativa anual, que presentan autónomos y empresas, en la que se recoge el total de las operaciones que en su conjunto hayan superado la cifra de 3.005,06 € respecto a otra persona o entidad.
El objetivo de este modelo es que Hacienda puede realizar el cruce de datos entre clientes y proveedores para comprobar las operaciones declaradas por cada uno de ellos.
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTARLO?
Tienen la obligación de presentar este modelo 347 todas aquellas personas consideradas como autónomas y todas las sociedades, ya sean públicas o privadas, que realicen tanto actividades empresariales como actividades profesionales.
También deberán presentar dicho modelo las asociaciones, sociedades y colegios profesionales que realicen ingresos por cuenta de asociados, de nóminas profesionales.
¿QUÉ OPERACIONES SE DECLARAN EN ESTE MODELO?
- Entregas y adquisiciones de bienes y servicios.
- Operaciones inmobiliarias.
- Subvenciones y ayudas no reembolsables.
- Operaciones de entidades aseguradoras.
- Anticipos de clientes y proveedores.
- Arrendamientos no sujetos a retención. (Los alquileres sujetos a retención se declaran en el modelo 180).
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PRESENTARLO?
El plazo para presentar este modelo será desde el día 1 de febrero de 2023 hasta el 28 de febrero de 2023.
¿QUIÉN ESTÁ EXENTO DE PRESENTAR EL MODELO 347?
- Aquellos que no tengan domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad en España.
- Las personas y/o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en IRPF por el método de estimación objetiva (módulos).
- Toda persona que haya estado obligada a llevar los libros de registros del IVA.
- Quienes hayan realizado operaciones con terceros pero el cómputo de las mismas no alcance los 3.005,06 euros anuales.
- Quienes hayan realizado operaciones no sujetas a esta obligación.