Ayer 27 de septiembre del 2021 salió publicado en el Diario Oficial de Extremadura el decreto Ley 7/2021 que flexibiliza las ayudas de solvencia COVID,
- Las ayudas se podrán destinar a satisfacer deudas y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, y como novedad también compensar los costes fijos incurridos no cubiertos, incluidos las perdidas contables.
- Haber reducido su volumen de operaciones en más del 30% en el 2020 en comparación al 2019.
- Se amplía el periodo de deudas, pagos pendientes y costes fijos a los que destinar las ayudas desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre del 2020 ( siempre que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo del 2021)
- Todas las actividades son subvencionables a excepción de actividades financieras y seguros, actividades asociativas y actividades organizativas y organismos extraterritoriales.
- Podrán ser beneficiarias las empresas que por circunstancias excepcionales haya declarado perdidas en 2019, siempre que dicha circunstancias excepcionales hayan sido sobrevenidas por catástrofes naturales, daños graves a instalaciones o cultivos, obras, ampliación de plantillas, regularizaciones y cambios contables o fiscales, nuevos sistemas regulatorios o por cualquier otra causa ajena a la actividad de la empresa.
- El plazo de solicitud es hasta el 14 de octubre del 2021
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El equipo de Asesoría Llerena, S.L.